Vecinos ruidosos: soluciones jurídicas y técnicas

Los sonidos no deseados — los ruidos — pueden tener un enorme impacto en la vida cotidiana. Dificultan o impiden el descanso y, en apariencia, no tenemos control sobre ellos ni siquiera cuando se producen en momentos previsibles y de forma regular. En este artículo repasamos brevemente los casos típicos y qué soluciones técnicas existen cuando las opciones jurídicas se han agotado o no resultan eficaces.

Casos típicos

Existen muchos tipos de vecinos ruidosos, desde residentes hasta establecimientos; algunos ejemplos típicos, sin pretensión de exhaustividad:

  • Portazos, pisadas fuertes
  • Música a demasiado volumen, fiestas que se alargan hasta altas horas, televisor o videojuegos que se oyen.
  • Perros que ladran fuerte u otros animales domésticos
  • Trabajos ruidosos de jardín, reformas en la vivienda
  • Taller o establecimiento ruidoso en el vecino, música nocturna

En general, cabe decir que la inmensa mayoría de estos problemas no debería darse si las personas se respetaran más entre sí y estuvieran acostumbradas a la convivencia próxima, o si se ejecutaran en los edificios soluciones de aislamiento, absorción acústica y reducción de ruido con la calidad técnica adecuada.

Una parte de los vecinos ruidosos lo es hasta tal punto que infringe alguna norma o disposición legal; la parte restante molesta al reclamante incluso cumpliendo lo previsto en la normativa.

Para llegar a una solución, el primer paso es identificar la fuente del ruido. Esto no siempre es sencillo: encontrar e identificar un transformador alejado, un establecimiento ruidoso o algún equipo de instalaciones situado en el sótano del edificio no es algo evidente — en estos casos, conociendo la queja, puede ser oportuno realizar también mediciones. Si la fuente del ruido es conocida o evidente, resulta imprescindible una comunicación con los vecinos, oportuna en el tiempo, directa pero educada y orientada a una solución conjunta.

Dado que en la mayoría de los casos también el vecino ruidoso tiene una pretensión legítima — quiere usar sus herramientas, tener perro, recibir invitados, ver la televisión, etc. —, hay que buscar los márgenes dentro de los cuales puede hacerlo sin molestar a los vecinos. Si el vecino está abierto a colaborar, suele ser posible encontrar también una solución práctica e inmediata (p. ej., unos buenos auriculares ligeros para televisión, música o videojuegos), o establecer un compromiso razonable y aceptable para ambas partes. En muchos casos, sin embargo, una solución realmente duradera llega por la intervención técnica — por ejemplo, mejora del aislamiento acústico, construcción de soluciones de pantalla acústica y similares. Como muchas de estas soluciones son más eficaces cuando se instalan en el vecino, cerca de la fuente del ruido, es importante mantener una buena relación. No siempre es posible, sin embargo, encontrar una solución técnica económicamente viable; en tal caso, pueden ser el camino las peticiones relacionadas con el uso o la vía legal y, en último extremo, la mudanza.

Requisitos acústicos — ¿cuánto es «demasiado fuerte»?

Para todo el territorio de Hungría, los valores límite de carga acústica y vibratoria ambiental los determina primordialmente la normativa; actualmente, el Decreto conjunto 27/2008. (XII. 3.) KvVM-EüM (la forma de medir la emisión de ruido y vibraciones se regula en el Decreto 93/2007. (XII. 18.) KvVM). Conforme a ello, ni siquiera en zonas de edificación urbana densa se puede producir un ruido superior a 55 decibelios de día o 45 de noche, valor más bajo que el de una conversación normal (típicamente ~60 dB). Además de los decretos nacionales, ordenanzas y reglamentos locales pueden regular el modo de convivencia. Por ejemplo:

  • La ordenanza municipal sobre la regulación local de la protección frente al ruido y a las vibraciones (puede prohibir, por ejemplo, el mantenimiento de zonas verdes — es decir, los trabajos de jardín — en horario de descanso)
  • La ordenanza municipal sobre las normas básicas de convivencia comunitaria y las consecuencias jurídicas de su incumplimiento
  • El reglamento interno de la comunidad de propietarios.

Es importante señalar que los valores límite relativos al ruido dependen también de la situación y de la naturaleza del inmueble. Otra cuestión relevante es en qué medida los valores límite reflejan que efectivamente se produce el efecto molesto. Nos encontramos con muchos casos en los que los valores límite se cumplen y, aun así, los ruidos molestan al reclamante. Esto puede deberse a que, junto a las diferencias derivadas de la sensibilidad individual, los efectos sonoros —y, por tanto, también el ruido— son extremadamente difíciles de condensar en un único valor numérico con el mismo significado para todos, ya solo porque la sonoridad suele ser distinta según la altura tonal y porque el promediado a largo plazo enmascara los ruidos puntuales repentinos, que son muy molestos (en parte, las prescripciones ya están adaptadas a estos casos). En consecuencia, la metodología de medición y evaluación del ruido se desarrolla constantemente y se vuelve cada vez más compleja, si bien en la normativa estas mejoras suelen aparecer con retraso. Es decir, no existe una correspondencia perfecta entre el cumplimiento legal y el efecto molesto real, por lo que puede estar justificado buscar soluciones técnicas que aborden el problema de forma personalizada, con una calidad superior a los mínimos legales.

¿Puedo llamar a la policía?

Frente a algunos tipos evidentes de ruido es fácil actuar: por ejemplo, ante una fiesta nocturna que moleste a muchas personas se puede llamar a la policía (en virtud de la Ley II de 2012 sobre infracciones administrativas, su procedimiento y el sistema de registro de infracciones, así como del Código Civil húngaro, art. 5:23. §, aplicable al ruido, que regula con carácter general el uso de las cosas y prohíbe molestar a otros). En la práctica, los agentes suelen comenzar por advertir, pero en una segunda denuncia justificada (incluso el mismo día) ya pueden imponer multa. El residente que infringe las normas de convivencia recibirá tantas sanciones como procedimientos administrativos se inicien. Conforme a la citada Ley sobre infracciones, si la multa no puede cobrarse, debe convertirse en trabajo de interés general o en arresto. No es cierto, por tanto, que las autoridades nunca hagan nada y no exijan responsabilidades al vecino infractor; lo que sí es cierto es que la autoridad solo puede actuar si los vecinos presentan la denuncia.

Autoridades competentes — ¿a quién podemos dirigir la reclamación?

No todo ruido es ocasional, y muchas veces ni siquiera la apreciación del problema es blanca o negra. De forma general abordamos en detalle las posibilidades en otro artículo (Ruido molesto — procedimiento administrativo de protección acústica o protección de la posesión); a continuación recogemos solo lo esencial.

Al buscar la tutela, frente a un efecto de ruido regular o continuo (p. ej., procedente de actividad industrial/comercial/hostelería) puede iniciarse un procedimiento de protección acústica. En este caso, la competencia administrativa la ejerce, por lo general, el secretario del ayuntamiento o del distrito. Cabe mencionar que, aunque los reglamentos de las comunidades de propietarios («házirend») pueden contener prescripciones sobre determinados efectos sonoros y ruidos (p. ej., «prohibido cortar el césped después de las 20 horas»), estos reglamentos no suelen poder contener un régimen sancionador.

En el caso de fuentes de ruido ocasionales o variables (p. ej., un acontecimiento deportivo, un perro que ladra) no puede iniciarse procedimiento administrativo de protección acústica; estos conflictos vecinales pertenecen a la categoría de protección de la posesión: dicho procedimiento puede solicitarse en el plazo de un año desde la perturbación de la posesión, también ante el secretario y, transcurrido un año, ante el tribunal. Todas las pruebas necesarias para la resolución debe aportarlas el solicitante. Si estas se presentan, el secretario tramita el procedimiento en pocas semanas, generalmente con visita de inspección y audiencia de los implicados. Si puede acreditarse la conducta perturbadora de la posesión — o si es aplicable otra normativa, por ejemplo, puede iniciarse un procedimiento administrativo de protección animal y demostrarse que el perro ladra por malas condiciones de tenencia —, el secretario ordena el restablecimiento del estado original y/o prohíbe al infractor continuar con la conducta perturbadora.

Posibilidades de defensa, soluciones técnicas

La solución más deseable es siempre el diálogo sobre el problema, ya que el mejor modo de atenuar un ruido es que ni siquiera llegue a producirse.

También es un hecho que muchos edificios residenciales existentes (p. ej., los antiguos edificios prefabricados) tienen paredes que no cumplen los actuales requisitos legales de aislamiento (al ruido aéreo). Lamentablemente, si alguien ha comprado en su estado de visita una vivienda de varias décadas de antigüedad, es prácticamente imposible obtener a posteriori, mediante un pleito, indemnización alguna. Antes de la compra conviene realizar una medición o revisar los planos con la colaboración de un experto acústico.

Junto a un diseño poco meditado o, en el peor de los casos, directamente insuficiente, también la ejecución descuidada puede causar problemas: las vibraciones las transmiten no solo las paredes, sino también las estructuras mal conectadas o separadas, las vigas de forjado, e incluso los equipos de instalaciones. Muchos creen erróneamente que un buen aislamiento térmico aislará también bien los sonidos. Esto no es necesariamente así; el efecto puede incluso ser el contrario — debe analizarse cuidadosamente caso por caso.

Junto a los ruidos aéreos, también los ruidos de impacto y estructurales pueden causar una perturbación importante. Los ruidos de impacto, los golpes del vecino del piso superior, los ruidos procedentes de salas de máquinas, de locales comerciales en el edificio o del gimnasio pueden resultar extraordinariamente molestos. La mejor solución es el diseño cuidadoso antes de la obra; pero ¿qué podemos hacer para mejorar una situación ya existente?

El artículo continúa — abordaremos también estos puntos

  • Reducción de ruido

    ¿Dónde y cómo se puede defender mejor frente al ruido con soluciones construidas?

  • Trasdosados, falsos techos, carpinterías

    ¿Cuáles son los principales aspectos, posibilidades y efectos esperables?

  • Pantallas acústicas

    Plantas, vallas y muros — ¿qué cabe esperar de ellos?

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